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¿Qué pasó con el protegido de Fidel Castro?

Las Armas de Ayer se titula el libro de memorias del empresario chileno Max Marambio, de 63 años. En su presentación, durante la Feria del Libro de La Habana, en 2008, Marambio dijo: “En Cuba encontré mi modelo de sociedad”.

Dos años después de su lanzamiento, me pregunto si  Marambio seguirá pensando lo mismo después que el Ministerio cubano del Interior librara una orden de búsqueda y captura en su contra.

¿Qué armadura utilizará el chileno para defenderse de las acusaciones del gobierno que tanto defendió? ¿Cómo se sentirá después de su caída?

El Guatón, apodo con el cual es conocido, llegó a Cuba a mediados de la década de los 60. Contactó con Fidel Castro y comenzó a vivir el sueño romántico de los barbudos guerrilleros, bajo las instrucciones del comandante Manuel Piñeiro, alias Barbarroja.

El mismo proyecto revolucionario que ayer le inspiró un compromiso ético de vida, ahora lo acusa por los delitos de cohecho, actos en perjuicio de la actividad económica o de la contratación, malversación, falsificación de documentos bancarios y estafa.

En 1973, Cuba fue el lugar perfecto para exiliarse, hoy es el lugar más peligroso para su libertad y seguridad personal. Si regresa a la isla, tiene muchas  probabilidades de terminar en la cárcel.

Marambio no acudió al llamamiento del instructor del Ministerio del Interior, teniente coronel Francisco Estrada, que lo citó e interpeló los días 19 de julio y el 23 de agosto. El Guatón conoce bien el sistema judicial cubano. De sobra sabe que ofrece pocas garantías a los acusados.

El proceso penal en su contra se encuentra en fase preparatoria, cuando se realizan las diligencias previas a la apertura del juicio oral, como el aseguramiento con prisión provisional para los responsables.

Sabe también el chileno que poco pueden hacer sus abogados a larga distancia. Necesita presentarse y que le apliquen una medida cautelar para ser parte en el proceso y como tal, ser representado legalmente.

¿Qué hará entonces? Lo que haría todo hombre prudente. Permanecer en su país y olvidarse de la tierra que lo deslumbró en sus años de juventud

El Guatón también está consciente de que la publicación de la citación y requisitoria, en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, es un requisito formal. El gobierno cubano no lo va a perseguir internacionalmente.

Pero no lo volverá a perdonar. No será como en 1989, cuando sobrevivió al escándalo político que terminó con el fusilamiento del general Arnaldo Ochoa y el coronel Tony de la Guardia.

Seguramente, a Marambio lo declararán acusado en rebeldía y lo enjuiciarán en ausencia. Una forma muy sutil de expulsión. No podrá regresar y perderá todo lo que tiene en Cuba. El único país del mundo donde por ser extranjero y amigo íntimo de Fidel Castro, tuvo la posibilidad de convertirse en millonario. Sin embargo, nadie ahora lo librará de la confiscación.

El misterio ronda el caso. ¿Qué pasó con el protegido del mayor de los Castro? ¿Incomodó al hermano menor? Evidentemente, las armas de ayer no le sirven hoy a Max Marambio.

Laritza Diversent

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La Aduana de Cuba decomisa envíos postales a disidentes

En los últimos tiempos, a cubanos que públicamente disienten del gobierno les han sido decomisado bultos postales procedentes del exterior. La Aduana Postal y Envíos, entidad perteneciente a la Aduana General de la República, viene aplicando a disidentes un filtro de incautación para despachos remitidos en el extranjero.

Pongo de ejemplo mi caso. En menos de dos meses, me han decomisado dos envíos provenientes de los Estados Unidos. El más reciente se me notificó el 13 de agosto, por medio de la Resolución de Decomiso No. 1209 de 29 de julio de 2010 y un Acta de Retención y Notificación, ambos documentos firmados por Danny Samada Rivero, inspector de Control de Aduana.

Si te pasa una vez, puede tratarse de una casualidad. Una segunda vez podría verse como ensañamiento. Pero si a otras personas con tus mismas inquietudes políticas les ocurre lo mismo, entonces se trata de una estrategia estatal. Una forma sutil de castigar a quienes se atreven cuestionar el sistema.

No hay dudas, la medida administrativa tiene un trasfondo político. En la lista de afectados figuran Yoani Sánchez, Silvio Benítez, Dania Virgen García, Ubaldo Manuel León, Yusnaimy Jorge, Aini Martín, Vladimir Alejo y Julio Beltrán Iglesias, entre otros opositores.

Según el inspector Samada Rivero, el contenido del paquete a mí dirigido, ”atentaba contra los intereses generales de la nación”. Dispuso su decomiso aparándose en la Resolución No. 5-96, del jefe de la  Aduana General de la República. Para la primera confiscación, el 8 de junio, aplicaron la Resolución de Decomiso No. 978. En aquella ocasión, Raimundo Pérez García, inspector de Control de Aduana, incautó la partida, argumentando las mismas razones.

La Resolución No. 5 de la  Aduana General, vigente desde 1996, permite la aplicación dentro del territorio nacional, del Convenio  Internacional sobre la represión de la circulación y tráfico de publicaciones obscenas. Y prohibe el envío de “cualquier objeto cuyo contenido sea considerado contrario a la moral y las buenas costumbres o que vayan contra los intereses generales de la nación”. Además, dispone que los productos decomisados sean entregados al Ministerio del Interior.

En las dos resoluciones que me fueron aplicadas, los inspectores Pérez García y Samada Rivero, omitieron explicar de qué modo los artículos importados “afectaban los intereses generales de la nación”. El contenido de los dos paquetes decomisados ha sido similar: MP3, cámara fotográfica, lápices, bolígrafos, sacapuntas, libretas, crayolas, globos, jabones de tocador, máquinas desechables de afeitar, desodorantes, esparadrapo, cepillo y pasta dental. Productos en venta en comercios estatales y tiendas recaudadoras de divisas en la isla.

A fines del mes de julio, interpuse recurso de apelación ante el jefe de Aduana Postal y Envío, solicitando la anulación de la primera resolución de decomiso. Con fecha 17 de agosto, se me notificó la Resolución de Apelación No. 231 de 2010, que declaraba sin lugar mi pretensión.

El funcionario, Raúl Gómez Badía, máxima autoridad del organismo actuante, consideró correcta la medida aplicada por el inspector Pérez García. Agotada la vía administrativa, mi próximo paso será hacer valer mis derechos ante los tribunales.

Aunque tal vez “la nueva ofensiva aduanal”, tenga otro objetivo. Destruir los tibios intentos por restablecer las comunicaciones entre Cuba y Estados Unidos. Los productos que me decomisaron fueron remitidos desde el país norteño a través de la agencia Servicio Postal Universal, de la Oficina de Cambio Internacional.

El 17 de septiembre de 2009, representantes cubanos y estadounidenses iniciaron en La Habana conversaciones con vistas a la reanudación del servicio directo de correos. Al término del encuentro, celebrado con gran secretismo, la delegación de Cuba hizo pública una declaración.

La mayoría de los cubanos, valga aclarar, no tiene una buena opinión sobre los servicios aduanales, sobre todo en los aeropuertos. Una muestra de ello es el video Abusos en la Aduana de Cuba, del reconocido compositor y cantante Cándido Fabré.

Laritza Diversent

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Al agente 007 se le acaba el plazo

El empresario chileno, Joel Max Marambio Rodríguez, bautizado por la prensa como “el agente 007 de Fidel”, hasta el lunes 23 de agosto, tiene plazo para presentarse ante el instructor del Ministerio del Interior, teniente coronel Francisco Miguel Estrada Portales. Transcurrido el término, sin personarse, el proceso penal iniciado en su contra podría ser tramitado hasta la resolución definitiva que dicte fallo condenatorio.

¿Cómo llegó un íntimo y protegido de Fidel Castro, a manejar los negocios en un holding de empresas que mueve más de 100 millones de dólares anuales? ¿Por qué un amigo de la revolución cubana durante más 40 años se convertiría en su adversario? ¿Será un ajuste de cuentas, por haber traicionado a su “padrino”, o sus pasos eran vigilados hace tiempo?

Hay muchas preguntas sin respuestas. Algunas serán contestadas en el acto del juicio oral, donde el empresario chileno, que tiene la llave de la caja de los secretos, al parecer será juzgado en su ausencia.

Marambio, de 63 años, ex guardia personal del derrocado presidente Salvador Allende y ex amigo personal de Fidel Castro, es acusado por el gobierno cubano de los delitos de cohecho, actos en perjuicio de la actividad económica o de la contratación, malversación, falsificación de documentos bancarios y de comercio, y estafa.

El comerciante, propietario del International Network Group (ING), era socio del Estado cubano en la empresa mixta Alimentos Río Zaza, dedicada a la producción de jugos, lácteos y bebidas alcohólicas para el mercado cubano por divisas y el extranjero.

A finales de 2009, la Controladuría General, órgano estatal subordinado al Consejo de Estado, presidido por el general de ejercito Raúl Castro, comenzó a investigar los negocios del empresario izquierdista en la isla.

Extraoficialmente se le vinculó con un escándalo de corrupción que involucró al destituido director del Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba (IACC) y general de división, Rogelio Acevedo. Además, Max Marambio y su hermano Marcel eran socios del IACC en la agencia turística Sol y Son.

En la empresa Alimentos Rio Zaza fueron detenidos varios directivos, acusados de pagar sobornos, malversar fondos y desviar recursos al exterior. Lucy Leal, directora de ING, fue arrestada y es investigada.

Las autoridades cubanas no han declarado nada al respecto al escándalo. En abril, sin embargo, reconocieron que las empresas de Marambio estaban bajo investigación, cuando apareció muerto en su departamento, uno de los gerentes de Alimentos Rio Zaza, el chileno Roberto Baudrand, de 59 años, detenido en su domicilio en Cuba y sometido a interrogatorio. La autopsia realizada en La Habana y aceptada por la familia del fallecido, reveló que la causa de muerte fue una insuficiencia respiratoria combinada con el consumo de fármacos y alcohol.

Marambio, conocido en Cuba como “El guatón” (gordo), fue citado e interpelado en dos ocasiones por el  instructor Estrada, oficial a cargo de la investigación del caso. Los llamamientos se publicaron a través de dos notas del Ministerio del Interior, en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, órgano de divulgación de leyes y actos de gobierno en la isla. Hasta hoy no se ha presentado.

En la última citación, publicada el 19 de julio, el oficial Estrada llama al comerciante chileno para que comparecer ante él el día 29, previniéndole, que de no presentarse en la fecha indicada, se libraría una requisitoria, que con fecha 3 de agosto se libró. Ya el instructor del caso ordenó a los jefes de los cuerpos de policía y de Seguridad del Estado, la búsqueda, captura y presentación de Marambio en un plazo de 20 días.

La requisitoria vence el lunes 23 de agosto. Transcurrido el plazo sin haber comparecido o sin haber sido presentado el ausente, se le declara en rebeldía. El sistema judicial cubano prevé la continuidad de la tramitación del proceso contra el acusado declarado en rebeldía hasta su resolución definitiva, cuando se trata de delitos contra los intereses fundamentales, políticos o económicos de la nación.

El sistema judicial en Cuba ofrece pocas garantías a los encausados. El proceso penal en su contra se encuentra en fase preparatoria, momento en que se realizan las diligencias previas a la apertura del juicio oral.

Si Marambio regresa a la isla, tiene grandes probabilidades de terminar en la cárcel, como medida cautelar para asegurarlo. Hasta que ese momento no llegue, tampoco puede nombrar un representante legal para su defensa.

Todo parece indicar que la vía legal será el medio para ajustarle las cuentas. La publicación de la citación y requisitoria, en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, es un requisito formal. El gobierno de la isla no tiene la intención de perseguir internacionalmente al empresario chileno.

El propósito es declararlo en rebeldía y enjuiciarlo en ausencia. En ese caso, se le designaría un abogado de oficio. Igualmente puede presentarse cuando quiera y dejar sin efecto tal declaración. Incluso, podría anular la sentencia firme dictada en su contra y ser oído en un nuevo enjuiciamiento.

Marambio pudiera ser una bomba de relojería para los hermanos Castro. Por lo que sabe y por lo que calla. Sospechamos que no va a regresar.

Iván García y Laritza Diversent

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El escenario es muy confuso

Fidel Castro en el Parlamento, por primera vez en 4 años

Antes de constituirse el actual Consejo de Estado, el 25 de febrero de 2008, Fidel Castro renunció a sus cargos en este órgano. En un mensaje público explicó que su estado de salud no le permitía ocupar “una responsabilidad que requiere movilidad y entrega total que no estaba en condiciones físicas de ofrecer”.

El 7 de julio de 2010, después de varios meses de ausencia de los medios de comunicación, Fidel Castro apareció notablemente recuperado.

Los comentarios no se hicieron esperar: ¿pretende recuperar sus cargos y volver al poder? En la calle, la gente especula que intenta dar un “golpe de estado de mano” a Raúl Castro, después que el 31 de julio de 2006 le cediera la dirección del país por motivos de salud.

Aparentemente, su hermano menor lo respeta demasiado, especialmente siendo en estos momentos el hombre que tiene la responsabilidad de dirigir la nación.

Es posible que Fidel Castro extrañe su posición como número uno. Pero el tiempo no pasa por gusto y el escenario actual no permite retroceso y cualquier acción puede ser arriesgada.

Un 20 por ciento de abstención en las últimas elecciones para elegir candidatos al Poder Popular, cifra reconocida oficialmente e inimaginable en votaciones pasadas, evidencia que el descontento popular ya escapa al control del Estado.

Alguien me preguntó si en la sesión extraordinaria, el 7 de agosto, la Asamblea Nacional podría haber acordado otra convocatoria a elecciones, y colocar nuevamente a Fidel Castro al frente del Estado.

La idea, desde el punto de vista legal, parece descabellada. Primero, sería necesaria una razón de peso para justificar un cambio en la dirección del país. Segundo, si se encontrara dicha razón, esa convocatoria evidenciaría una lucha interna por el poder. No obstante, en Cuba todo puede suceder.

Es cierto que la sombra constante del “compañero que reflexiona”, genera dudas sobre quién realmente gobierna y decide en el país. Sin embargo, su avejentada imagen, incoherencias y lagunas mentales lo convierten en un inepto para la dirección. La percepción se generaliza y no creo que la mayoría de la población avale su regreso, aunque tampoco dudo que pueda ser impuesto.

El “mesías” nos envía un mensaje solapado: “Cuidado, aún estoy en el juego”.  Intenta ganar espacio entre los jóvenes ambiciosos que quieren ganar confianza y puestos en las altas esfera de poder.

Sospecho que detrás de su figura se esconden intereses de otros personajes y que su repentina aparición está relacionada con el inédito diálogo con la iglesia y la excarcelación de 52 prisioneros políticos de la primavera negra de 2003.

Surge la duda acerca de si realmente el gobierno emprenderá acciones para mejorar la situación de los derechos humanos dentro de la isla, que merezcan un cambio de política de la Unión Europea y Washington. De paso, la reaparición del exgobernante pone en tela de juicio la autoridad y capacidad de Raúl para tomar decisiones y emprender cambios dentro del sistema.

Las pugnas por el  poder no se ven, pero se sienten. La actuación interna de los órganos represivos es errática. Por una parte reprimen, con intimidaciones y detenciones arbitrarias contra opositores y periodistas independientes, y por otra, en ocasiones muestran una tolerancia que obliga a preguntarse quién da las órdenes. El escenario político cubano es muy confuso.

Laritza Diversent

Foto: AFP

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Tribunal emplaza a Ministra de Justicia

La Sala Segunda de lo Civil y lo Administrativo del  Tribunal Provincial de Ciudad Habana, el 15 de julio emplazó a la titular del Ministerio de Justicia, María Esther Reus González, a contestar la demanda interpuesta por la Asociación Jurídica Cubana, por negarle una  solicitud de certificación, imprescindible para la legalización del gremio de abogados independientes.

La Asociación Juridica Cubana es una ONG independiente. Fue fundada en octubre de 2008 y asesora en temas legales a los ciudadanos, sin ánimo de lucro. En tres ocasiones, la Seguridad del Estado impidió la terminación de cursos sobre las leyes cubanas, ofrecidos a miembros de la sociedad civil por la Asociación, que además tiene entre sus objetivos elevar  el nivel de conciencia jurídica.

El Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia no certificó si en el país existía otra ONG con el mismo nombre y propósitos de la Asociación Jurídica Cubana, en el período comprendido entre  abril de 2009 y marzo de 2010. Los abogados independientes continuaron el proceso en la vía judicial, después que la ministra ignorara el recurso de alzada interpuesto por  quebrantamiento de las formalidades legales, respecto a la decisión adoptada por el registro a su cargo.

La demanda, interpuesta el pasado 24 de junio, fue radicada por el Tribunal el día 29. Una semana después, el juez, licenciado Alfaro Guillén, y lo jueces legos, Núñez Valdés  y Figueredo Ramos, respondieron a los letrados con retraso, por exceso de trabajo en la Sala, exigiéndoles que en un plazo de 10 días, modificaran los términos de redacción  de la petición judicial.

El tribunal consideró  “improcedente”, que el licenciado Wilfredo Vallín Almeida, presidente de la Asociación Jurídica Cubana, actuara  a nombre y en representación de una persona jurídica no reconocida legalmente.  El sistema legal cubano considera “asociación ilícita” a las agrupaciones que no aparezcan inscritas en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia.

Por su parte, la Ley  de Asociaciones (Ley 54 de 27 de diciembre de 1985) y su reglamento, no impone formalidad legal alguna para la constitución de una asociación: los interesados se agrupan para la consecución de un fin y solicitan el reconocimiento del Estado como persona jurídica.

El escrito de los jueces exigía al letrado Vallín promover la acción a título personal y la reformulación de los hechos de la demanda debido a que el Ministerio de Justicia no contestó a una  solicitud de certificaciones.  El tribunal calificó de incoherente, el término  “denegación de autorización para constitución de Asociación”, empleado en la redacción de la petición judicial.

Es la primera vez que una organización disidente demanda a un representante del gobierno. El acontecimiento no tiene precedentes en la jurisprudencia cubana de los últimos cincuenta años.

Laritza Diversent

Nota.- Leer también La demanda prosperó.

Foto: Ministra cubana de Justicia, durante su participación en una asamblea sobre derechos humanos en Ginebra, Suiza.

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Ministra pone a ciudadano en estado de indefensión

Ministra de Finanzas y Precios,

La licenciada en control económico y ministra de Finanzas y Precios, Lina Olinda Pedraza Rodríguez, puso en estado de indefensión al ciudadano, Antonio López Ávila, 40 años, al ordenar a la dirección municipal de la vivienda de Arroyo Naranjo, en la ciudad de La Habana, la ejecución de un proceso de confiscación contra su padre, Teófilo Roberto López Licor, 66 años, y en el que también es declarado responsable.

La miembro del Consejo de Ministros, amparada en el Decreto Ley 149  “sobre confiscación de bienes e ingresos mediante enriquecimiento indebido”, conocida como ley contra macetas (nuevos ricos) y su reglamento, el Decreto No 187, ambos de 1994, ordenó, en julio de 2009, la confiscación de los bienes obtenidos por Teófilo Roberto,  progenitor de Antonio, en el período de 1998 al 2008.

La ministra alegó que los bienes incautados “no son frutos del trabajo honesto”, sin embargo, el Código Civil cubano define el enriquecimiento indebido como el traspaso de valores de un patrimonio a otro, sin causa legítima.

El proceso afectó también a Pompilio López Licor, 61 años y Teófila Elsa Ávila Gutiérrez, 60 años, hermano y esposa de Teófilo, quienes junto a su hijo Antonio, fueron  declarados por la resolución ministerial, como terceros que se beneficiaron con el enriquecimiento indebido.

Los procesados recurrieron la resolución ministerial mediante Recurso de Reforma ante la propia minisra, quien lo declaró sin lugar, ratificando su decisión, en octubre de 2009.  El pasado 22 de junio nuevamente  solicitaron a la titular de Finanzas y Precios, el inicio de un procedimiento especial de revisión.

Los recursos, sin embargo no interrumpen la ejecución de la sanción de confiscación. El Decreto-Ley 149, coloca en estado de indefensión a los afectados al impedir que éstos  acudan a los Tribunales en demanda de justicia frente a un acto de la Administración que le es lesivo, según dispone su artículo 9.

Pedraza Rodríguez asegura que las tres viviendas, dos coches, una moto y varios bienes, entre ellos equipos electrodomésticos, fueron obtenidos y legalizados por Teófilo, mediante vicios ocultos y subterfugios, a nombre de sus parientes, sin especificar cuáles fueron los actos ilícitos.

Sin embargo, no ordena acción legal contra  los dirigentes estatales  que actuaron en la legalización de los bienes e inmuebles de los afectados. En particular funcionarios de la dirección municipal de la vivienda en Arroyo Naranjo,  encargados de ejecutar la disposición ministerial respecto a los bienes inmuebles. El 22 de julio, el órgano estatal notificó a Antonio el desalojo en un plazo de 72 horas.

El proceso confiscatorio había sido iniciado y remitido a la ministra, por el general de brigada Juan Escalona Reguera, posteriormente liberado de su cargo como Fiscal General de la República por el Consejo de Estado, quien podría estar vinculado en un escándalo de corrupción relacionado con empresas extranjeras.

Los bienes confiscados a la familia López ascienden a 2 millones 347 mil 834 pesos cubanos con 24 centavos.  Cantidad certificada por peritos que no especificaron, como legalmente es obigado, en qué consistió su valoración, ni cuáles fueron los parámetros del procedimiento, ni los elementos que se tomaron en cuenta para la estimación de esa cifra.

Teófilo, el padre de Antonio, es trabajador por cuenta propia, como “elaborador-vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas en punto fijo de venta”, según la actividad normada con el no. 646. En su defensa alegó que recibió ingresos como cuentapropista, ascendentes a 521 mil pesos cubanos. Pero la ministra contrapuso que Teófilo contrató fuerza de trabajo.

La legislación penal considera ilícitas las actividades económicas autorizadas donde se utilice mano de obra que no sea familiar. Sin embargo, la resolución ministerial dictada por la titular de Finanzas y Precio no hizo referencia a ninguna sanción penal impuesta al padre de Antonio.

Teófilo recibe remesas de los Estados Unidos, de parte de seis hermanos y un hijo, residentes en ese país. Desde enero de 2007 a diciembre de 2008, el Banco Nacional de Cuba acreditó que los familiares del procesado, por concepto de remesas le depositaron 12 mil pesos convertibles (CUC), equivalente a 300 mil pesos cubanos (CUP). El informe bancario fue desestimado por la ministra Pedraza Rodríguez, pues no acreditaba que Teófilo hubiese recibido efectivamente ese dinero.

El artículo 60 de la Constitución de la República, establece que “La confiscación de bienes se aplica sólo como sanción por las autoridades, en los casos y por los procedimientos que determina la ley”. El Código Penal, la regula como una sanción específica y accesoria de un delito.

La Carta Magna, la Ley Procesal Penal y la Ordenanza de los Tribunales Populares, garantizan que “Nadie puede ser encausado ni condenado sino por tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y con las formalidades y garantías que estas establecen”.

En este caso, el Decreto-Ley 149, es inconstitucional e ilegal. Porque dispone que la sanción de confiscación sea aplicada  por una autoridad administrativa, como medida ejemplarizantes contra quienes obtienen un patrimonio ilegítimo, resultado del robo, de la especulación el desvío de recursos de entidades estatales, participación en negocios turbios, actividades de mercado negro y otras formas de enriquecimiento.

En la propia disposición jurídica, las conductas son calificadas como “actividades delictivas” que dañan la economía nacional y la estabilidad social del país. No obstante, la Fiscalía, quien tiene a su cargo el ejercicio de la acción penal pública  en representación del Estado, decidió promover un procedimiento administrativo antes de activar la vía judicial por la comisión de delitos.

En un proceso penal justo, los parientes de Teófilo jamás hubiesen tenido que responder por actos ajenos. La responsabilidad es individual. Por otra parte, el Código Penal, vigente desde 1987, establece que “la confiscación de bienes no comprende,…los bienes u objetos que sean indispensables para satisfacer las necesidades vitales del sancionado o de los familiares a su abrigo”. Por tanto, las viviendas no pueden ser objetos de incautación.

La aplicación preferentemente del Decreto-Ley 149, es resultado a la subordinación constitucional de la Fiscalía General de la República al Consejo de Estado. Significa que debe cumplir primero instrucciones políticas, antes de controlar y preservar la ‘legalidad socialista’ y  velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales

La vigencia de esta norma en el ordenamiento jurídico cubano lejos de proteger intereses generales, destruye la confianza y seguridad que debe brindar todo sistema legal. Su aplicación viola las garantías jurídico-penales ofrecidas a los encausados y coloca al ciudadano en estado de indefensión ante los excesos de gobierno.

Lina Olinda Pedraza Rodríguez fue designada por el gobierno como ministra de Finanzas y Precios, pero no está calificada para administrar justicia. Las atribuciones que le confiere el Decreto Ley 149/94 son inconstitucionales. Y, por tanto, arbitrarias.

Desde el 22 de julio, Antonio López Ávila y sus familiares esperan que en cualquier momento efectivos de la policía los desalojen por la fuerza y derriben su hogar.

Laritza Diversent

Foto: La ministra Pedraza Rodríguez también es miembro del comité central de partido comunista y diputada por la provincia de Villa Clara.

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Autoridades de la isla advierten que no cesará  la represión

Tras la excarcelación de 21 presos políticos, el gobierno cubano insiste en recordarle a la disidencia y a los periodistas independientes que continuarán con sus políticas represivas. En la mañana del pasado 9 de agosto la Contrainteligencia Militar y la Seguridad del Estado, citaron para una entrevista, al periodista independiente Iván García.

La citación oficial es uno de los medios utilizados por los órganos de represión para intimidar a los disidentes. Generalmente las autoridades no cumplen los requisitos legales para realizar la diligencia judicial. En su proceder actúan por cuenta propia e irrespetan la ley.

Los oficiales aseguran que el reportero “desprestigió” entidades militares, en uno de sus artículos publicados en el diario español El Mundo. Difamar, denigrar o menospreciar a las instituciones de la República, a las organizaciones políticas de masas o sociales del país, o a los héroes y mártires de la Patria, es considerado por la legislación penal como un delito contra el orden público. Sin embargo, prefirieron advertirlo oficialmente.

El acta de advertencia oficial, en el sistema legal, constituye un precedente acumulativo que justifica la aplicación futura de un procedimiento judicial por peligrosidad predelictiva por conducta antisocial. Las sanciones pueden llegar hasta 4 años de privación de libertad. Una de las figuras penales que más se aplica a las personas que discrepan.

El General de Ejército Raúl Castro en su discurso del 1 de agosto, respecto a la excarcelación de los 52 presos políticos enjuiciados en 2003, advirtió “que no habrá impunidad para los enemigos de la patria”. García opina que los oficiales que lo atendieron hicieron extensivas las palabras del Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros.

El pasado 5 de agosto, día del 16 aniversario del “Maleconazo” -rebelión popular que antecedió al éxodo de 1994-  la policía y agentes de la Seguridad del Estado, detuvieron en las cercanías del Malecón a varios disidentes cuando entraban a la Sección de Intereses de Estados Unidos en La Habana, único lugar en Cuba que ofrece internet gratuito a los cubanos .

Evidentemente, el gobierno deja claro que esperaban una reacción diferente por parte de la Unión Europea y de Washington, con respecto al reciente gesto humanitario. Tal vez está mandando un mensaje para recordar que, en cualquier momento y bajo cualquier fundamento, puede nuevamente llenar las cárceles de presos políticos.

Laritza Diversent

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¿Liberación o destierro forzoso?

Por medio de un comunicado de prensa del Arzobispado de La Habana, el 8 de julio se anunció la liberación, en el transcurso de tres a cuatro meses, de 52 de los 75 prisioneros políticos enjuiciados en procesos sumarísimos en abril de 2003. Ya 23 habían sido excarcelados con licencias extrapenales.

Las liberaciones fueron resultado de un diálogo inédito entre el presidente Raúl Castro y autoridades de la iglesia católica de Cuba. Semanas antes, el cardenal Jaime Ortega, había realizado gestiones para la excarcelación de un preso enfermo y el traslado de varios hacia centros penitenciarios cercanos a sus hogares y familias.

Los hechos fueron calificados de “gran noticia”, a pesar de que faltó una nota oficial del Gobierno al respecto. En el acuerdo diplomático posterior con el canciller español Miguel Ángel Moratinos, se omitió decir bajo qué supuestos legales se producirían las excarcelaciones, las más significativas desde la visita del Papa Juan Pablo II en 1998.

Es inapropiado hablar de liberación mientras no se haya extinguido la sanción penal que pesa sobre los prisioneros. De lo contrario, su salida del país es forzosa.

Ni la licencia extrapenal ni la libertad condicional extinguen la responsabilidad penal. En este sentido, sería conveniente prever los riesgos de cumplir la sanción fuera de prisión, pero dentro del territorio nacional. Y bajo cualquier excusa, se puede regresar a la cárcel.

Visto así, no es difícil entender por qué los parientes de los presos políticos prefieren salir del país. Según la nota del Arzobispado de la Habana, en el proceso de excarcelación, se tomaron en cuenta las propuestas expresadas previamente al cardenal Ortega por los familiares, deseosos de dejar atrás el calvario vivido en los últimos siete años.

La responsabilidad penal de los prisioneros de conciencia, según la legislación penal vigente, podría extinguirse por amnistía, indulto o sentencia absolutoria dictada en procedimiento de revisión.

Si realmente hubiese una intención de liberar, el Consejo de Estado emitiría una nota oficial en la que, a propuesta de su Presidente que es a su vez, el Jefe del Estado y del Gobierno  de la República de Cuba, indultaría a todos los prisioneros arrestados y enjuiciados en 2003.

El Consejo de Estado también puede ordenar al Tribunal Supremo, realizar un procedimiento especial de revisión y absolver a los encausados en la llamada ‘Primavera Negra’. Constitucionalmente, tiene la facultad de impartir instrucciones a este órgano de justicia.

La Asamblea Nacional también podría hacer su parte. El órgano supremo del Estado cubano podría acordar, en su sesión, convocada para el próximo 1 de agosto, una amnistía general para todos los presos políticos. Esa facultad se la reconoce la Constitución de la República.

Incluso, podría hacer más. El parlamento puede declarar inconstitucional la Ley No 88 de 1999 “De protección de la independencia y la economía nacional”, conocida también como la “Ley Mordaza”, por restringir el derecho de libre expresión, información y opinión, y que fuera aplicada a la mayoría de los reos excarcelados.

Según el ministro de Asuntos Exteriores de España, que viajó a La Habana para acompañar el diálogo entre la Iglesia y el Gobierno, los excarcelados que viajen al exterior, una vez fuera, necesitarán una autorización gubernamental para regresar, mientras que sus familiares podrían hacerlo las veces que lo deseen. Quince de ellos ya se encuentran en España, pendientes de recibir el status de refugiados políticos o protección internacional asistida, categoría especial contemplada en la Ley de Asilo española.

Si los presos políticos que han aceptado viajar a España u otro país necesitan autorización para regresar a la isla, significa que continuarán vigentes los permisos de entrada y salida, y la confiscación de las propiedades a los emigrantes cubanos, medidas impuestas por la Ley No 989 de 1961.

No debe confundirse un gesto humanitario, con voluntad de cambio. El desarrollo de los acontecimientos demuestran que, el Gobierno cubano no tiene la más mínima intención de eliminar las restricciones a la libertad de movimiento de sus ciudadanos. ¿Es esto una avance en materia de derechos humanos?

Moratinos también dijo a la prensa internacional que el Gobierno cubano se comprometió a no ‘expropiar’ las viviendas de los opositores, entre otros derechos que tampoco especificó. Sin embargo, en las negociaciones no hubo acuerdo escrito con fuerza legal que garantice que el Estado cubano cumplirá compromisos orales. En el sistema jurídico nacional tampoco existe una norma que le permita realizar tales concesiones.

Por regla general, las autoridades cubanas declaran el abandono definitivo y proceden a confiscar las propiedades de los ciudadanos que decidan residir permanentemente fuera del país, excepto si les otorga el Permiso de Residencia en el Exterior (PRE). La autorización se concede a los cubanos que contraen matrimonio con extranjeros. Pero en esa situación no están los excarcelados.

El hecho de que se hable de liberación, pero no de las acciones a través de las cuales debe formalizarse legalmente su puesta en libertad, hace suponer que el Gobierno cubano intenta encubrir el destierro forzoso de los presos políticos que acepten viajar a España u otras naciones.

Esto constituye una ilegitimidad y una violación de los derechos de esas personas. No existe un acto gubernamental con amparo legal para forzar a un cubano a abandonar su propia tierra.

Laritza Diversent

Foto: AFP. Lester González muestra su pasaporte poco después de su llegada a Madrid.

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