La Sala Segunda de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal Provincial de Ciudad Habana, el 15 de julio emplazó a la titular del Ministerio de Justicia, María Esther Reus González, a contestar la demanda interpuesta por la Asociación Jurídica Cubana, por negarle una solicitud de certificación, imprescindible para la legalización del gremio de abogados independientes.
La Asociación Juridica Cubana es una ONG independiente. Fue fundada en octubre de 2008 y asesora en temas legales a los ciudadanos, sin ánimo de lucro. En tres ocasiones, la Seguridad del Estado impidió la terminación de cursos sobre las leyes cubanas, ofrecidos a miembros de la sociedad civil por la Asociación, que además tiene entre sus objetivos elevar el nivel de conciencia jurídica.
El Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia no certificó si en el país existía otra ONG con el mismo nombre y propósitos de la Asociación Jurídica Cubana, en el período comprendido entre abril de 2009 y marzo de 2010. Los abogados independientes continuaron el proceso en la vía judicial, después que la ministra ignorara el recurso de alzada interpuesto por quebrantamiento de las formalidades legales, respecto a la decisión adoptada por el registro a su cargo.
La demanda, interpuesta el pasado 24 de junio, fue radicada por el Tribunal el día 29. Una semana después, el juez, licenciado Alfaro Guillén, y lo jueces legos, Núñez Valdés y Figueredo Ramos, respondieron a los letrados con retraso, por exceso de trabajo en la Sala, exigiéndoles que en un plazo de 10 días, modificaran los términos de redacción de la petición judicial.
El tribunal consideró “improcedente”, que el licenciado Wilfredo Vallín Almeida, presidente de la Asociación Jurídica Cubana, actuara a nombre y en representación de una persona jurídica no reconocida legalmente. El sistema legal cubano considera «asociación ilícita» a las agrupaciones que no aparezcan inscritas en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia.
Por su parte, la Ley de Asociaciones (Ley 54 de 27 de diciembre de 1985) y su reglamento, no impone formalidad legal alguna para la constitución de una asociación: los interesados se agrupan para la consecución de un fin y solicitan el reconocimiento del Estado como persona jurídica.
El escrito de los jueces exigía al letrado Vallín promover la acción a título personal y la reformulación de los hechos de la demanda debido a que el Ministerio de Justicia no contestó a una solicitud de certificaciones. El tribunal calificó de incoherente, el término “denegación de autorización para constitución de Asociación”, empleado en la redacción de la petición judicial.
Es la primera vez que una organización disidente demanda a un representante del gobierno. El acontecimiento no tiene precedentes en la jurisprudencia cubana de los últimos cincuenta años.
Laritza Diversent
Nota.- Leer también La demanda prosperó.
Foto: Ministra cubana de Justicia, durante su participación en una asamblea sobre derechos humanos en Ginebra, Suiza.
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