Julio y Alberto se amaban. Y de común acuerdo eligieron un lugar de residencia. Los dos trabajaban, sostenían y compartían las cargas del hogar. Su caso no es único. Tal vez sea por tolerancia o porque los homosexuales como grupo social se han ido imponiendo y haciendo valer sus derechos, lo cierto es que el número de parejas gays que hacen vida en común ha aumentado en la sociedad cubana actual.
No obstante, constituyen una excepción en la regla que admite la legislación, respecto al reconocimiento legal de las uniones de hecho o consensuadas. Una particularidad no admitida en el ordenamiento jurídico cubano.
Tal como exige el Código de Familia en su artículo 18, para reconocer los matrimonios no formalizados heterosexuales, Julio y Alberto mantenían un vínculo habitual con vocación de permanencia, dirigido a la convivencia y colaboración. Sin embargo, la misma norma legal los excluye, al reconocer solamente “la unión matrimonial entre un hombre y una mujer”. Una pedante jerga jurídica que sanciona a dos personas de igual sexo que habitan bajo un mismo techo.
Hace seis meses y con apenas 42 años, Julio falleció repentinamente de un ataque cardíaco. Como suele suceder con la mayoría de los cubanos, no se preocupó por darle un destino a sus bienes después de su muerte. Su caudal hereditario fue procesado por la herencia intestada.
La familia de Julio comenzó los trámites para hacer efectiva la herencia, en la que entraban los bienes comunes que había adquirido el difunto, en su vida común con Alberto, quien, por supuesto, tiene motivos suficientes para estar sumamente molesto. Los familiares de su pareja se oponían a la relación que los dos mantenían.
-No sólo lo rechazaron. También lo excluyeron de la familia por ser homosexual. No es justo que ahora ellos se queden con lo que ambos construimos juntos, comenta Gutiérrez.
Sin embargo, para Alberto no existe un supuesto legal que le permita entrar en el llamado de la herencia. Ni tampoco un tribunal que defienda sus derechos. A no ser que Julio hubiese testado a su favor. Incluso, si la familia estuviese de acuerdo en dejarle todo a Alberto, no habría forma legal, de que los bienes de su compañero de vida, pasaran a su propiedad. La legislación cubana no reconoce los matrimonios entre homosexuales, una de las instituciones que da derecho a la herencia.
Tampoco los herederos reconocidos por la ley pueden renunciar a su favor. Primero, Alberto no está legitimado para entrar en el llamado de la herencia de Julio, al no existir relación de parentesco. Segundo, los parientes del fallecido sólo pueden renunciar a favor de los suyos, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
El caso de Alberto y Julio no es el único que escapa a la desregularización jurídica y la desprotección de derechos individuales en la Isla. Para ilustrar al lector bastaría una pregunta ¿bajo qué fundamento legal, dos homosexuales activarían el sistema de justicia, para dirimir una división de bienes, adquiridos en una vida en común, y no medie en ello, mutuo acuerdo? Ninguno.
La principal causa de este problema es que la homosexualidad continúa siendo un tabú para la sociedad cubana y un problema silenciado por el gobierno. El tema pasa por varios puntos espinosos que las autoridades no se atreven a llevar al debate, en una sociedad machista, donde dicen respetar los derechos humanos.
El caso de Julio y Alberto conmueve a muchos, incluso al punto de parecer justo que se reconozca sus derechos hereditarios y que los tribunales diriman conflictos surgidos de este tipo de relación. Sin embargo, cuando pregunta si están de acuerdo con el reconocimiento legal de los matrimonios entre homosexuales o si debiera dárseles derechos de adopción, el no es rotundo.
Esto da la medida de cuán incomprendidos y marginados están los homosexuales en Cuba. Son tratados como seres defectuosos y anormales, no como personas con una orientación sexual distinta. Sin contar que aún sufren el acoso y desprecio de las autoridades policiales y la total inacción del gobierno para para sensibilizar y proteger los derechos de esta persona.
Los medios de comunicación hacen poco o nada, para promover la tolerancia que emprendió, después de que su padre llegara a la cima del poder, Mariela Castro. Las acciones no pasan de hacer un desfile, un día al año. Al confundir tolerancia con la permisividad de conductas reprobables, ha hecho a este grupo vulnerable desde el punto de vista social.
En su afán de hacerse notar en una sociedad que se empeña en ignorarlos, los homosexuales se han convertido en víctimas de la drogadicción, el alcoholismo, la prostitución y una fuente de atracción para el turismo sexual.
Para los gays, lesbianas, travestis y transexuales cubanos, aún está muy lejano el día en que sus derechos sean debatidos en las altas esferas de poder, como sucede en España y otras sociedades modernas. La representatividad en los órganos supremos del Estado esa nunca llegará mientras no se les reconozca como grupo social con derecho a participar en la vida política de la nación.
Las relaciones entre homosexuales trascienden la frontera de lo religioso y lo moral. Incluso de lo que pudiera ser éticamente correcto o incorrecto. Un tipo de relación social, que como cualquier otra, merece ser protegida por la ley. En este sentido, la inactividad del gobierno es absoluta.
No bastan campañas, paradas ni símbolos. La ignorancia conlleva al desamparo y éste a la violación de los derechos individuales. La igualdad social, política y jurídica es un derecho de todo ser humano. Los homosexuales en Cuba necesitan derechos que los respalden. No indulgencia ni lástima.
Laritza Diversent
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Mis felicitaciones por este articulo muy bueno como todo los demas. Hay algo que yo no acabo de entender y es ese capricho que les ha dado a los homosexuales por querer tener un papel firmado como un matrimonio legal cuando dos personas se aman de verdad el papelito no significa nada, ya en la actualidad muchas mujeres prefieren no casarse y aun asi,se mantiene en union libre por toda la vida y son mas felices que los que se casan y enseguida se divorcian. Lo que si pueden hacer es un testamento por si algo les pasa y resuelto el problema. Lo demas yo creo que es exibisionismo.
Si en la desarrollada europa aun escasean las legislaciones que tutelen las uniones homosex, de que nos asombramos? Recientemente en Italia una pareja gay estuvo en huelga de hambre de frente al parlamento (la tuvieron que suspender puesto que fueron totalmente ignorados) reclamando derechos y paridad. Ojalà puedas darte un saltico por el viejo continente para ver las multiples agresiones de que son objeto los hays no obstante sus asociaciones y la frecuente folkloristica presencia de alguno de ellos en los bancos gubernamentales de algunos paises. El mundo cabe en un grano de maiz!!!!
En España no se puede heredar de tu pareja fallecida, estés o no casado. La ley permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, como ya sabeis, pero sin que en ningún modo esto suponga que vas a heredar de tu pareja.
Sí existe la figura del usufructo, esto es, puede disfrutar de los bienes del fallecido, como por ejemplo, la vivienda o los frutos y las rentas de los bienes propiedad del fallecido. Existen unas normas que acotan esta ley, que desconozco, pero los herederos son los hijos en primer lugar y a falta de hijos, los familiares empezando por el primer grado de consanguineidad que son los padres.